miércoles, 18 de mayo de 2016

Fuentes del Derecho Mercantil



Fuente 

 La palabra fuente nos da la idea de donde emana o brota algo. Para el Derecho Mercantil es el conjunto de medios materiales e inmateriales, que jurídicamente determinan el nacimiento, formación y manifestación del Derecho Mercantil.

La Ley

El Derecho Mercantil es Derecho Positivo, ergo se regula con disposiciones de carácter normativo (leyes, reales decretos, reales decreto legislativos, etc.). Es una rama del Derecho Privado Común, por lo que en el caso de ausencia de una norma específica y siendo imposible aplicar analógicamente una disposición del propio Derecho Mercantil para completar una laguna, regirá el Derecho Común, que en este caso es el civil.
  1. Es el conjunto de principios normativos del que regula la materia comercial. Está representada por:
  • El Código de Comercio: Es la ley comercial por excelencia de conformidad con el Art. 1. Representa a la Ley por:
    • Las diversas relaciones que disciplina.
    • Los instrumentos de que está dotado.
    • Ofrecer los criterios suficientes para determinar la naturaleza comercial de otras leyes.
    • Leyes Especiales en Materia Mercantil
    • Disposiciones del Código Civil: Los casos que no estén especialmente resueltos por el código de Comercio, se aplican a las disposiciones del Código Civil.
 
La Costumbre

 Es la repetición constante y uniforme de actos obedeciendo a las convicciones jurídicas que consisten en la certeza de que ellos pueden ser objeto de una sanción legal o judicial. En el Derecho Mercantil cobran especial importancia los usos de comercio.

Veamos como ejemplo lo dispuesto en el artículo 9° de Código de Comercio: 

"Las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley, cuando los hechos que la constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República y en una determina da localidad y reiterados por un largo espacio de tiempo que aprecian prudencialmente los jueces de Comercio".


Elementos de la Costumbre
 
Un Elemento Material u Objetivo; el cual nos refiere que la conducta de los individuos tienen que revestir determinadas características de uniformidad y repetición y su uso debe ser general en forma pública.
 
Un Elemento Formal u Subjetivo; que consiste en la convicción por parte del individuo en su yo interno de sumarse con su conducta al de la mayoría, en primer término, para su aceptación social y como necesidad jurídica, en segundo término, para garantizar la armonía con la sociedad a la que pertenece. 


La Jurisprudencia

 Es una interpretación de la ley y es realizada por los órganos jurisdiccionales. No es fuente del Derecho, tal y como establece el Código Civil, pero sirve de apoyo interpretativo. Dado el carácter profesional de los jueces y magistrados, la jurisprudencia es consensualmente considerada como la mayor fuente interpretativa del Derecho Positivo en caso de laguna, aunque formalmente no sea una fuente.

La jurisprudencia para el Derecho Venezolano no es fuente directa ni supletoria, ni fuente formal y de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del Código Civil inferimos que los jueces no están obligados a tomar en cuenta en sus decisiones los principios contenidos en fallos dictados por ellos mismos o por otros tribunales en juicios anteriores. Lo establecido por la jurisprudencia carece de obligatoriedad, pero los jueces suelen aplicar en la práctica, en ausencia de preceptos legales, reglas de interpretación contenidas en los fallos dictados en controversias análogas. 


 

Derecho Mercantil



DERECHO EMPRESARIAL


El derecho empresarial puede ser definido como la rama del derecho que estudia y regula la empresa, por lo cual es claro que la misma existe en todos los países.

La ubicación del derecho estudiado como es el derecho empresarial es en el derecho privado, público y social. Es en derecho privado porque abarca a derecho civil y comercial o mercantil. Es en derecho público porque abarca a registral, notarial, tributario, aduanero, penal de la empresa, constitucional de la empresa, entre otras. Y es en derecho social porque abarca al derecho laboral o de trabajo y al derecho familiar o derecho familiar.

DERECHO MERCANTIL


es aquella rama del Derecho Privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado.

En la mayoría de las legislaciones, leyes y decretos, una relación se considera comercial, y por tanto sujeta al Derecho Mercantil, si es un acto de comercio.

ACTO DE COMERCIO


Son todos los actos de naturaleza privada que tiene por objeto crear, transferir, modificar o extinguir derechos u obligaciones y que tiene como objetivo principal obtener un lucro.

RELACION DEL DERECHO MERCANTIL CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO


A.-Con el Derecho Civil: El Derecho Civil esta vinculado con el Derecho Mercantil, porque cuando el Código de Comercio tenga cualquier laguna o vacío legal, el Código Civil suplirá las lagunas del Código de Comercio.

* Articulo 8 Código de Comercio:

En los casos en que no estén especialmente resueltos por este Código, se aplicarán las disposiciones del Código Civil.

B.-Con el Derecho Administrativo: El Derecho Administrativo esta vinculado con el derecho Mercantil desde el punto de vista de las fiscalizaciones. El Estado nos pone ciertos requisitos que debemos cumplir al momento de constituir una compañía. El Derecho Administrativo también fiscaliza la enajenación.

C.-Con el Derecho Tributario: Con el Tributario existe una relación estrecha, ya que el Estado le da tratamiento fiscal a las actividades y empresas comerciales a través del SENIAT. Esto es realizado a través de los instrumentos contables, donde le va permitir al Estado regular una justa tasa de impuesto.

D.-Con el Derecho Procesal: Con el Derecho Procesal existe una vinculación, porque todos los procedimientos que no estén en el Código de Comercio se regularan por el Código de Procedimiento Civil. Ejemplo: Procedimiento para la quiebra, y el atraso.

E.-Con el Derecho Penal: Con el Derecho Penal esta vinculado el Derecho Mercantil, porque el Derecho Penal establece sanciones por la quiebra fraudulenta, cheque sin fondo.

CARACTERISTICAS


CELERIDAD: Esta determinada por la necesidad del movimiento de las operaciones mercantiles.

Seguridad: el derecho mercantil ha creado un conjunto de normas que ha permitido que comerciantes o no tengan la seguridad jurídica en todas las operaciones comerciales que celebran.

Crédito: es sinónimo de confianza es considerado característica del derecho mercantil porque es la base de los negocios y el comerciantes, ya que esta confianza la adquiere un comerciante cuando cumple con sus obligaciones, con lo cual se construye un nuevo camino que le abre nuevas rutas para continuar con su carrera progresista.