DERECHO EMPRESARIAL
El derecho empresarial puede ser definido como la rama del derecho que
estudia y regula la empresa, por lo cual es claro que la misma existe en todos
los países.
La ubicación del derecho estudiado como es el derecho empresarial es en el derecho privado, público y social. Es en derecho privado porque abarca a derecho civil y comercial o mercantil. Es en derecho público porque abarca a registral, notarial, tributario, aduanero, penal de la empresa, constitucional de la empresa, entre otras. Y es en derecho social porque abarca al derecho laboral o de trabajo y al derecho familiar o derecho familiar.
La ubicación del derecho estudiado como es el derecho empresarial es en el derecho privado, público y social. Es en derecho privado porque abarca a derecho civil y comercial o mercantil. Es en derecho público porque abarca a registral, notarial, tributario, aduanero, penal de la empresa, constitucional de la empresa, entre otras. Y es en derecho social porque abarca al derecho laboral o de trabajo y al derecho familiar o derecho familiar.
DERECHO MERCANTIL
es aquella rama del Derecho Privado que regula el conjunto
de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente
calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización
de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en
el mercado.
En la mayoría de las legislaciones, leyes y decretos, una relación se considera
comercial, y por tanto sujeta al Derecho Mercantil, si es un acto de comercio.
ACTO DE COMERCIO
Son todos los actos de naturaleza privada que
tiene por objeto crear, transferir, modificar o extinguir derechos u
obligaciones y que tiene como objetivo principal obtener un lucro.
RELACION DEL DERECHO MERCANTIL CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
A.-Con el Derecho
Civil: El Derecho Civil esta vinculado con el Derecho Mercantil, porque
cuando el Código de Comercio tenga cualquier laguna o vacío legal, el Código
Civil suplirá las lagunas del Código de Comercio.
* Articulo 8 Código de Comercio:
En los casos en que no estén especialmente
resueltos por este Código, se aplicarán las disposiciones del Código Civil.
B.-Con el Derecho
Administrativo: El Derecho Administrativo esta vinculado con el derecho
Mercantil desde el punto de vista de las fiscalizaciones. El Estado nos pone
ciertos requisitos que debemos cumplir al momento de constituir una compañía.
El Derecho Administrativo también fiscaliza la enajenación.
C.-Con
el Derecho Tributario: Con el Tributario existe una relación estrecha, ya que el Estado
le da tratamiento fiscal a las actividades y empresas comerciales a través del
SENIAT. Esto es realizado a través de los instrumentos contables, donde le va
permitir al Estado regular una justa tasa de impuesto.
D.-Con
el Derecho Procesal: Con el Derecho Procesal existe una vinculación,
porque todos los procedimientos que no estén en el Código de Comercio se
regularan por el Código de Procedimiento Civil. Ejemplo: Procedimiento para la quiebra,
y el atraso.
E.-Con
el Derecho Penal: Con el Derecho Penal esta vinculado el Derecho
Mercantil, porque el Derecho Penal establece sanciones por la quiebra
fraudulenta, cheque sin fondo.
CARACTERISTICAS
CELERIDAD: Esta determinada por la necesidad del
movimiento de las operaciones mercantiles.
Seguridad: el derecho
mercantil ha creado un conjunto de normas que ha permitido que comerciantes o
no tengan la seguridad jurídica en todas las operaciones comerciales que
celebran.
Crédito: es sinónimo de
confianza es considerado característica del derecho mercantil porque es la base
de los negocios y el comerciantes, ya que esta confianza la adquiere un
comerciante cuando cumple con sus obligaciones, con lo cual se construye un
nuevo camino que le abre nuevas rutas para continuar con su carrera
progresista.
No hay comentarios:
Publicar un comentario